El heredero universal es una figura fundamental en el ámbito de la sucesión y las herencias. En este artículo, vamos a analizar en profundidad qué es un heredero universal, qué diferencia hay con los legitimarios y qué aspectos hay que tener en cuenta en cada caso.
¿Qué es un heredero universal?
El heredero universal es la persona que recibe todo el patrimonio del causante, tanto los bienes como los derechos y obligaciones, como si se tratara del propio causante. Esto implica que el heredero universal asume la totalidad de los activos y pasivos de la herencia, incluyendo las deudas y obligaciones del causante.
La figura del heredero universal tiene una gran importancia en el ámbito sucesorio, ya que permite que el patrimonio del causante se transmita a una sola persona, en lugar de dividirse entre varios herederos.
En el Código Civil español, el heredero universal es definido como la persona que “sucede en todo el patrimonio del causante, tanto en sus bienes como en sus deudas y obligaciones” (artículo 1006). De este modo, el heredero universal recibe la herencia en su totalidad y asume todas las obligaciones y cargas que se deriven de la misma.
En el caso del Derecho Civil Vasco, la figura del heredero universal se encuentra recogida en la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco, que establece que el heredero universal es aquella persona que “adquiere la totalidad de los bienes y derechos del causante, así como las obligaciones y cargas de la herencia” (artículo 232).
Es importante tener en cuenta que, en el ámbito sucesorio, existen otras figuras de herederos, como los herederos legítimos, que tienen derecho a una parte de la herencia que se conoce como legítima, y los legatarios, que reciben bienes concretos de la herencia.
La figura del heredero universal resulta especialmente relevante en aquellos casos en los que el causante desea que su patrimonio se transmita a una única persona o entidad. En este sentido, el heredero universal puede ser una persona designada expresamente por el causante en su testamento o bien puede ser determinado por la ley.
En cuanto a la aceptación de la herencia por parte del heredero universal, es importante tener en cuenta que esta se puede realizar de forma expresa o tácita. La aceptación expresa se produce cuando el heredero universal manifiesta su voluntad de aceptar la herencia de forma clara y directa, mientras que la aceptación tácita se produce cuando el heredero universal realiza actos que implican su intención de aceptar la herencia, por ejemplo, la venta de bienes hereditarios.
Heredero universal y legítima
La legítima es la parte de la herencia que corresponde a los herederos forzosos, es decir, a los descendientes, ascendientes y cónyuge del causante
El heredero universal puede ser a su vez legitimario, es decir, puede ser uno de los descendientes, ascendientes o cónyuge del causante y, por tanto, tener derecho a la legítima. En este caso, el heredero universal recibirá la totalidad de la herencia, pero deberá respetar la legítima que corresponda a los herederos forzosos.

¿Se puede dejar como heredero universal a un solo hijo?
Sí, se puede dejar como heredero universal a un solo hijo, siempre y cuando se respeten los derechos de los herederos forzosos, en caso de que los haya. En el caso de que el causante no tenga descendencia ni ascendencia, puede dejar su patrimonio a quien considere oportuno.
Es importante tener en cuenta que, aunque se deje como heredero universal a un solo hijo, éste deberá respetar la legítima correspondiente a los herederos forzosos, en caso de que los haya. Además, si existen deudas y obligaciones del causante, el heredero universal deberá asumirlas en su totalidad.
Heredero universal sin hijos
En el caso de que el causante no tenga descendencia, la figura del heredero universal adquiere una gran importancia. En este caso, el heredero universal puede ser cualquier persona a la que el causante haya designado en su testamento, o bien puede ser el Estado, en caso de que no existan herederos designados.
En este caso, el heredero universal recibirá la totalidad de la herencia, incluyendo los bienes y derechos del causante, así como sus obligaciones y deudas.
Heredero universal con hermanos
En el caso de que el causante tenga hermanos, el heredero universal recibirá la totalidad de la herencia, pero deberá respetar la legítima correspondiente a los herederos forzosos. En este caso, los hermanos del causante tendrán derecho a una parte de la herencia, que dependerá de su grado de parentesco.
Es importante tener en cuenta que, aunque el heredero universal sea el único beneficiario de la herencia, deberá respetar los derechos de los herederos forzosos, en caso de que los haya.
En conclusión, el heredero universal es una figura fundamental en el ámbito sucesorio, que permite que el patrimonio del causante se transmita a una sola persona, en lugar de dividirse entre varios herederos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el heredero universal asume la totalidad de los activos y pasivos de la herencia, por lo que es fundamental realizar un estudio previo de la herencia y contar con el asesor.
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